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 Normativa >> Ley 8039 >> Fecha 12/10/2000 >> Articulo 73
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Normativa - Ley 8039 - Articulo 73
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Artículo 73
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Artículo 73.—Derogaciones. Deróganse las siguientes disposiciones:

a) Los artículos 117 al 120, los artículos 122 y 124, los artículos 126 al 131 y los artículos 133 al 146 de la Ley de derechos de autor y derechos conexos. No 6683, de 14 de octubre de 1982.

b) Los artículos 36, 37 y 38 de la Ley de patentes de invención, dibujos y modelos industriales y modelos de utilidad. No 6867, de 25 de abril de 1983.

c) Los incisos a) y c) del artículo 1 de la Ley de creación de la Sección Tercera del Tribunal Contencioso - Administrativo, No 7274, de 10 de diciembre de 1991, en lo referente a los registros que integran el Registro Nacional.

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