Artículo 18º—Arqueos.
El encargado del manejo de
la Caja Chica
Auxiliar deberá efectuar el último día de cada mes un arqueo, el cual deberá
contar con el visto bueno del jefe de la oficina, remitiéndolo al Departamento
Financiero Contable con copia a
la Auditoria Judicial
a más tardar el tercer día del mes siguiente. Este arqueo corresponde
enviarlo independientemente si hubo erogación o movimiento alguno durante ese
mes.
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