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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30031 >> Fecha 03/12/2001 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30031 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10

Artículo 10.—La publicidad para la comercialización del arroz fortificado deberá cumplir con lo establecido en la normativa vigente al respecto y será controlada junto con el etiquetado nutricional, por el Ministerio de Salud de conformidad con sus potestades.

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