Artículo 4°—La garantía de calidad o control interno del arroz fortificado con los niveles indicados en el artículo anterior son de responsabilidad de los industriales y de los importadores de arroz
Artículo 4°—La garantía de calidad o control interno del arroz fortificado con los niveles indicados en el artículo anterior son de responsabilidad de los industriales y de los importadores de arroz.
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