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 Normativa >> Ley 8173 >> Fecha 07/12/2001 >> Articulo 1
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Normativa - Ley 8173 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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Transitorio I

Transitorio I.—Los concejos municipales de distrito de Cervantes, Tucurrique, Colorado, San Isidro de Peñas Blancas, Lepante, Cóbano, Paquera y Monteverde, continuarán funcionando hasta el 31 de diciembre del 2002.

Autorízase, a las municipalidades respectivas, la creación de concejos municipales de distrito en los distritos en los cuales han venido fungiendo dichos concejos, por simple acuerdo del concejo municipal.

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