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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30131 >> Fecha 20/12/2001 >> Articulo 78
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30131 - Articulo 78
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Artículo 78
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Artículo 78

Artículo 78.—Requisitos para el cambio de Titular por Arrendamiento.

78.1 Solicitud por escrito debidamente firmada por el titular del establecimiento mercantil con la debida aprobación del propietario del inmueble o el representante legal y debidamente autenticada. Si se trata de persona física, fotocopia certificada de la cédula de identidad, e indicación de las calidades. Si se trata de persona jurídica, de la cédula jurídica y de su personería jurídica.

78.2 Copia certificada por Notario Público del contrato respectivo.

78.3 Lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de San José, o indicación de un número de fax para tales efectos, en cualquier parte del país.

 

 

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