CAPÍTULO VIII
CAPÍTULO VIII
Disposiciones relativas a los Nombres
Comerciales
y los Emblemas
Artículo 41.—Régimen aplicable. Salvo las
disposiciones especiales contenidas en este capítulo, son aplicables a las
solicitudes de registro de nombres comerciales las disposiciones sobre marcas
contenidas en este Reglamento, en lo que resulten pertinentes.
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