Artículo 42
Artículo 42.—Solicitud de registro de un
nombre comercial. Además de los requisitos establecidos en los artículos 9 de
la Ley y 3 de este Reglamento, la solicitud de registro de un nombre comercial
deberá contener:
a) El nombre comercial, tal y como ha sido
usado, y una reproducción del mismo cuando incluya elementos figurativos.
b) La dirección o ubicación exacta de la
empresa o establecimiento mercantil que identifica.
c) El giro o actividad de la entidad, empresa
o establecimiento mercantil que identifica.
d) Toda otra información que se estime
conveniente proporcionar a efecto de acreditar el uso efectivo que tendrá en el
comercio del nombre comercial con relación al giro indicado.
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