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 Normativa >> Ley 8279 >> Fecha 02/05/2002 >> Articulo 42
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Normativa - Ley 8279 - Articulo 42
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Artículo 42
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Artículo 42

Artículo 42.—Secretaría. El ORT deberá contar con una Secretaría Técnica, adscrita al MEIC, la cual será, a la vez, la Secretaría Técnica del Comité Nacional del Codex Alimentarius y el punto de contacto del Comité Nacional del Codex Alimentarius.

La Secretaría tendrá las siguientes funciones:

a) Convocar al ORT.

b) Dar el apoyo administrativo necesario para la gestión del Órgano.

c) Otorgar la audiencia ordenada en el artículo 39 de la presente Ley.

d) Asesorar y capacitar a los entes del Estado con facultades para proponer la emisión de reglamentos técnicos, en cuanto a la conformación de los comités técnicos para elaborar, adoptar y aplicar tales reglamentos.

e) Mantener canales de información regionales e internacionales en el ámbito reglamentario.

f) Establecer los mecanismos de coordinación con instituciones similares en el ámbito nacional e internacional, para facilitar las actividades de integración y armonización de los reglamentos técnicos y las definiciones internacionales.

g) Organizar y administrar el Centro de Información en Obstáculos Técnicos al Comercio.

h) Otras que le correspondan por ley o reglamento.

 

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