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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 30628 >> Fecha 01/08/2002 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 30628 - Articulo 22
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Artículo 22
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Artículo 22

Artículo 22.—Las actividades específicas de la Academia serán reguladas por reglamentos que preparará el Consejo Directivo y aprobará la Asamblea General. Dichos reglamentos deberán ser aprobados por dos tercios del total de los Académicos de Número en Asamblea General convocada para tal efecto.

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