Artículo 9ºLos recipientes de los residuos peligrosos líquidos deben ser
rígidos, con tapa hermética, etiquetados con una ley
Artículo
9ºLos recipientes de los residuos peligrosos líquidos deben ser rígidos, con tapa
hermética, etiquetados con una leyenda que indique PELIGRO, RESIDUOS PELIGROSOS
LIQUIDOS INFECTO-CONTAGIOSOS y marcados con el símbolo universal de riesgo
biológico (Anexo 1).
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