CAPITULO 4
CAPITULO 4. Del Subsistema de Acreditación
Artículo 20.-—Ente responsable
Las actividades de acreditación de entes de certificación, de laboratorios de ensayo, de laboratorios de calibración y de entes de inspección y control, serán sometidos al tinte Nacional de Acreditación (ENA), autorizado a operar como tal por la Comisión Nacional de la Calidad.
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