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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 31849 >> Fecha 24/05/2004 >> Articulo 84
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Normativa - Decreto Ejecutivo 31849 - Articulo 84
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Artículo 84
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Artículo 84.-Formato para anotaciones en la Bitácora Digital Ambiental. El formato para realizar anotaciones por parte de los responsables ambientales será suministrado por la SETENA y se publicará mediante comunicado. Como parte de su contenido temático el mismo incluye los siguientes datos:

1. Lista de control ambiental desarrollada por el responsable ambiental.

2. Registro fotográfico y de croquis, gráficos y planos, que respalde la inspección.

3. Observaciones relevantes sobre el cumplimiento de los compromisos ambientales.

4. Conclusiones, tareas y metas pendientes".

 (Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 42912 del 2 de febrero del 2021)

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