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 Normativa >> Acuerdo 0 >> Fecha 20/04/1982 >> Articulo 19
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Normativa - Acuerdo 0 - Articulo 19
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Artículo 19
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ARTICULO 19

ARTICULO 19.- Los proyectos para crear, para fusionar y para trasladar o eliminar carreras, podrán ser propuestos por cualquiera de las Instituciones signatarias o sugeridos por la Comisión de Enlace a que se refiere el Artículo 4. Las Instituciones signatarias se comprometen a definir claramente el procedimiento mediante el cual se hará cada proposición.

Los proyectos serán puestos en conocimiento de los Cuerpos Colegiados Superiores de las Instituciones signatarias y su discusión, por el CONARE, deberá estar precedida de estudios bien fundamentados que demuestren su necesidad y su importancia.


 

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