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 Normativa >> Ley 3215 >> Fecha 19/10/1963 >> Articulo 4
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Normativa - Ley 3215 - Articulo 4
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Artículo 4
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4

Artículo 4º.- El Instituto se crea para difundir la cultura general

a los adolescentes y adultos de todas las capas sociales, pero

especialmente a aquellos que hayan tenido poca o ninguna posibilidad de

beneficiarse con los sistemas regulares de educación, conforme a los

conceptos generales enunciados al respecto por la UNESCO.

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