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Artículo 11.- La Junta Directiva estará compuesta por un Presidente
y dos Vocales, de nombramiento de la Junta Consultiva, por un período
de dos años, que podrán ser reelectos. Como factor determinante para
su nombramiento, se considerará su interés en las tareas del Instituto
y su disposición de tomar parte, en forma intensa, en las labores del
mismo.
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