Artículo
15.—De la creación de Comisiones Evaluadoras de Incapacidad y Licencias
(C.E.I.L.) locales, regionales y central. En todo centro médico funcionará
una “Comisión Local Evaluadora de incapacidades”
En
cada una de las Direcciones Regionales funcionará una “Comisión Regional Médica
Evaluadora de Incapacidades”.
A
nivel nacional se conformará una Comisión Central Médica Evaluadora de
Incapacidades.
Las
recomendaciones de estas Comisiones serán vinculantes.
En
todos los casos estas Comisiones se regirán por lo dispuesto en el nuevo
Reglamento para el funcionamiento de las Comisiones Médicas Evaluadoras de
Licencias e Incapacidades y su conformación es de carácter obligatorio.
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