Artículo 25.—Disposición final. Los aspectos no contemplados
expresamente en este Reglamento se regirán por lo dispuesto en los principios
generales del derecho, en la normativa internacional aplicable, en el Código de
Trabajo, en el Reglamento del Seguro de Salud, en la Ley Constitutiva de la
CCSS, en el Reglamento del Expediente de Salud de la CCSS y normativa conexa.
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