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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 27567 >> Fecha 04/01/1999 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 27567 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio
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Artículo Transitorio

Artículo Transitorio.—Los establecimiento hospitalarios que suministren oxígeno por red cuentan con un plazo de cuatro meses a partir de la publicación del presente decreto ejecutivo, para cumplir con lo dispuesto en el párrafo cuarto del artículo 2 de este decreto ejecutivo.


 

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