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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32333 >> Fecha 12/04/2005 >> Articulo 82
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32333 - Articulo 82
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Artículo 82 -BIS
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Artículo 82 bis.—Exclusión de declarantes. La Contraloría General de la República mediante resolución debidamente fundamentada, la cual se basará en aspectos de razonabilidad, proporcionabilidad, monto económico o grado de responsabilidad, podrá eximir de su obligación de presentar declaración jurada de bienes, a aquellos funcionarios afectos a dicha obligación.

(Así adicionado por el artículo 4° del decreto ejecutivo N° 34409 del 27 de febrero de 2008)

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