Artículo 6ºPara EMB Clase 1, se debe notificar cada cinco años a la
Dirección, para ello se requiere presentar el original de la siguiente documentación en
idioma español:
Artículo 6ºPara EMB Clase 1, se debe notificar cada cinco años
a la Dirección, para ello se requiere presentar el original de la siguiente
documentación en idioma español:
6.1. Formulario de notificación vigente y debidamente publicado en La
Gaceta, completamente lleno y firmado por el interesado.
6.2. Certificado de buenas prácticas de manufactura del fabricante,
emitido por la autoridad competente del país de origen.
6.3. Para el caso de EMB importados deberá presentarse el Certificado
de Libre Venta y uso del país de origen, debidamente autenticado y consularizado.
- 6.4 Cancelación del pago definido por la Dirección según
decreto.
Nota de SINALEVI: Mediante
el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 32780 del 25 de octubre del 2005, se
fijan las tasas para el trámite, registro y apoyo a las funciones de
inspección, vigilancia y control de equipo y material biomédico (EMB),
previstas en este inciso 6.4, en la suma de US $ 10 (diez dólares americanos) o su equivalente en
moneda nacional".
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