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 Normativa >> Ley 8454 >> Fecha 30/08/2005 >> Articulo 31
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Normativa - Ley 8454 - Articulo 31
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Artículo 31
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Artículo 31

Artículo 31.—Procedimiento. Todas las sanciones serán impuestas mediante el procedimiento administrativo ordinario, previsto en la Ley General de la Administración Pública, salvo en el caso de amonestación, en que podrá aplicarse el procedimiento sumario.


 

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