Artículo 12
Artículo
12.—Las autoridades administrativas del cementerio están obligadas a
suministrar al personal la indumentaria requerida para su protección, así como,
el equipo indispensable para llevar a cabo sus labores en forma correcta y
segura. Además, deberán velar por el correcto uso de la indumentaria y el
equipo dentro del cementerio.
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