Artículo 12
Artículo 12.—Dependencia orgánica
y regulaciones aplicables. El Auditor General dependerá orgánicamente de la
Junta Directiva, quien le establecerá las regulaciones de tipo administrativo
que le serán aplicables. Los demás funcionarios de la Auditoría General estarán
sujetos a las disposiciones administrativas aplicables al resto del personal.
Lo anterior, de conformidad con el artículo Nº 24 de la Ley Nº 8292.
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