Artículo 20
Artículo 20.—Creación de plazas.
El Auditor General deberá proponer, debidamente justificada a la Junta
Directiva para su aprobación, la creación de plazas y servicios que considere
indispensable para el cumplimiento de su plan anual de trabajo, y en general,
para el buen funcionamiento de la Auditoría General siguiendo los trámites que usualmente
se requieren.
|