Artículo 47
Artículo 47.—Responsabilidades y
delegación. El Auditor General o el Supervisor de Auditoría asignado a un
grupo de trabajo, son los responsables, en ese orden, del correcto cumplimiento
de las funciones encomendadas a la Auditoría General. El Auditor General podrá
delegar autoridad y exigir responsabilidad, excepto en aquellos casos en que su
intervención personal sea obligada conforme a la Ley, los reglamentos y los acuerdos
de la Junta Directiva.
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