Buscar:
 Normativa >> Reglamento 5398 >> Fecha 24/01/2006 >> Articulo 47
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 47     >>
Normativa - Reglamento 5398 - Articulo 47
Ir al final de los resultados
Artículo 47    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 47

Artículo 47.—Responsabilidades y delegación. El Auditor General o el Supervisor de Auditoría asignado a un grupo de trabajo, son los responsables, en ese orden, del correcto cumplimiento de las funciones encomendadas a la Auditoría General. El Auditor General podrá delegar autoridad y exigir responsabilidad, excepto en aquellos casos en que su intervención personal sea obligada conforme a la Ley, los reglamentos y los acuerdos de la Junta Directiva.


 

Ir al inicio de los resultados