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 Normativa >> Reglamento 5398 >> Fecha 24/01/2006 >> Articulo 70
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Normativa - Reglamento 5398 - Articulo 70
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Artículo 70    (No vigente*)
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Artículo 70

Artículo 70.—Responsabilidad de la Administración Activa. Es responsabilidad de la Administración Activa la adopción de todas las medidas y acciones que aseguren y permitan la efectiva, eficiente y oportuna aplicación de las recomendaciones emitidas por la Auditoría General y aceptadas por la Administración activa.


 

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