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 Normativa >> Reglamento 5398 >> Fecha 24/01/2006 >> Articulo 94
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Normativa - Reglamento 5398 - Articulo 94
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Artículo 94    (No vigente*)
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CAPÍTULO XV

CAPÍTULO XV

Enfoque de riesgos y mejoramiento continuo

 

Artículo 94.—Enfoque de riesgos. La actividad de Auditoría General debe coadyuvar conforme a sus competencias, en la mejora constante al Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional (SEVRI) del Instituto, así como los sistemas de control respectivos.


 

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