Artículo 55
Artículo 55. -Firmeza de los registros. El registro de las
operaciones contables que se realizan durante el proceso de ejecución
presupuestaria, adquirirá su firmeza cuando:
a) Haya sido completado satisfactoriamente el procedimiento
establecido para su registro electrónico en los sistemas de información que
autorice el ente rector del Sistema de Administración Financiera.
b) Los documentos que se generan en el proceso cumplan con los
requerimientos técnicos y jurídicos establecidos en los Manuales de
Procedimientos del Sistema Integrado de la Gestión de la Administración
Financiera y la normativa legal vigente.
Como complemento al Clasificador Presupuestario por Objeto del Gasto,
en los procesos de presupuestación y adquisición de
bienes y servicios, el Ministerio de Hacienda preparó un módulo de consulta que
despliega el código de clasificación del Sistema Integrado de Compras Públicas
(SICOP), con las imputaciones presupuestarias asociadas.
(Así reformado por el
artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41057 del 21 de marzo del 2018)
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