TÍTULO 114
TÍTULO 114
Subsistema
de tesorería
CAPÍTULO I
Disposiciones
generales
Artículo
79.—Objetivo. En el presente Título se regula la aplicación de la Ley Nº
8131, en lo relativo al Subsistema de Tesorería, que comprende a los órganos
participantes y al conjunto de normas, principios y procedimientos utilizados
en la percepción, seguimiento y control de los recursos financieros del Tesoro
Público, y en la administración y custodia de los dineros y valores que se
generen, así como en el pago de las obligaciones que sean legalmente contraídas
con cargo a los recursos de dicho Tesoro.
|