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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33018 >> Fecha 20/03/2006 >> Articulo 18
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33018 - Articulo 18
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Artículo 18
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Artículo 18

Artículo 18.—Recursos. Contra lo resuelto por la DCFD, se admitirá el recurso de reposición, aplicándose al efecto lo dispuesto en los artículos 346, siguientes y concordantes, de la LGAP.


 

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