Artículo 11
Artículo 11.—Obligación
de cumplir: Todo establecimiento, una vez aprobado, deberá mantenerse en el
cumplimiento de las directrices u órdenes que emita la Dirección de Salud
Animal a través del Departamento de Cuarentena Animal y cumplir con las
recomendaciones e instrucciones que sean emitidas por los Médicos Veterinarios
Oficiales en sus correspondientes visitas de inspección.
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