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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33356 >> Fecha 02/06/2006 >> Articulo 19
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33356 - Articulo 19
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Artículo 19
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Artículo 19

Artículo 19.—En lo no previsto por el presente Reglamento, regirá supletoriamente lo dispuesto por la Ley General de la Administración Pública en materia de órganos colegiados.


 

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