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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33356 >> Fecha 02/06/2006 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33356 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Los miembros serán designados por la Ministra de Salud, de la terna propuesta por cada una de las instituciones o

Artículo 4º—Los miembros serán designados por la Ministra de Salud, de la terna propuesta por cada una de las instituciones o agrupaciones que conforman la Comisión y durarán en sus funciones dos años, pudiendo ser reelectos por períodos iguales y sucesivos.


 

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