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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33411 >> Fecha 27/09/2006 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33411 - Articulo 4
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Artículo 4    Tipo: Transitorio
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Transitorio IV

Transitorio IV.—El Poder Ejecutivo a través de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa realizará en un plazo de doce meses posteriores a la entrada en vigencia del presente Reglamento, un estudio especial sobre la aplicación del presente Reglamento.


 

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