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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33411 >> Fecha 27/09/2006 >> Articulo 63
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33411 - Articulo 63
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Artículo 63
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Artículo 63

Artículo 63.-Presentación. La oferta deberá presentarse en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), debidamente firmada por quien tenga poder suficiente para ello en los términos del Reglamento de Uso del Sistema.

Deberá garantizarse siempre la confidencialidad de las ofertas hasta que se practique la apertura.

 (Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41243 del 10 de julio del 2018)

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