Artículo 30
Artículo 30.—Límites máximos para el reuso
de aguas residuales ordinarias. Cualquier agua residual ordinaria que sea
reusada, deberá cumplir con las características microbiológicas establecidas en
la Tabla 7 dada a continuación.
TABLA 7
LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA EL REUSO
DE AGUAS RESIDUALES ORDINARIAS
TIPO DE REUSO
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PARÁMETROS
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Nematodos intestinales (promedio
aritmético Nº De huevos por litro)
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Coliformes
Fecales (NMP/100 mL) (1)
(1)
Los análisis microbiológicos se practicarán en una muestra compuesta de al
menos seis muestras simples distribuidas en el período diario de reuso. Los
resultados se reportarán en unidades consistentes con el método de análisis
empleado.
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Tipo 1
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1
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1 000
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Tipo 2
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1
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10 000
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Tipo 3
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1
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1 000 (2)
(2)
ara árboles frutales no se deberá utilizar riego por aspersión. El parámetro
para coliformes fecales puede variar hasta 105 NMP/100 mL, siempre y cuando se
suspenda el riego dos semanas antes de la cosecha y no se recojan los frutos
caídos.
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Tipo 4
|
1
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10 000
(3)
(3)
El riego debe cesar dos semanas antes de la cosecha.
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Tipo 5
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1
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------(4)
(4)
Debe evitarse el pastoreo de ganado durante los quince días siguientes a la
finalización del riego. Si no se respeta este período, la concentración de
coliformes fecales no deberá exceder 1000 NMP/100 mL.
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Tipo 6 (5)
(5)El
agua reusada no debe ser irritante para la piel o los ojos. El agua reusada
debe ser clara, y no debe presentar olores molestos ni contener sustancias
tóxicas por ingestión.
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1
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10 000
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Tipo 7
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1
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------
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Tipo 8
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1
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1 000
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