Artículo 32
Artículo 32.—Límites máximos para el reuso
de aguas residuales especiales. Cualquier agua residual especial que sea
reusada, deberá cumplir con las características fisicoquímicas y
microbiológicas establecidas en las Tablas 4, 5 y 6 así como las establecidas
en la Tabla 8, dada a continuación, y el Factor Multiplicador definido en la
misma. El Factor Multiplicador definido en la Tabla 8 es un número utilizado
para calcular el valor del límite máximo de los parámetros DQO, DBO5,20 y SST de la Tabla 4 ó 6 (la que aplique según el
presente reglamento) para el agua que se va a reúsar. El cálculo se hace multiplicando el límite
MÁXIMO correspondiente, por actividad, por dicho factor.
TABLA 8
LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA EL REUSO
DE AGUAS RESIDUALES
TIPO DE REUSO
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PARÁMETROS
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Nematodos intestinales (promedio
aritmético Nº De huevos por litro)
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Coliformes
Fecales (NMP/100 mL) (1)
(1)
Los análisis microbiológicos se practicarán en una muestra compuesta de al
menos seis muestras simples distribuidas en el período diario de reuso. Los
resultados se reportarán en unidades consistentes con el método de análisis
empleado.
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Factor
Multiplicador
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Tipo 1
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1
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1 000
|
1
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Tipo 2
|
1
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10 000
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1.5
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Tipo 3
|
1
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1 000 (2)
(2)
Para árboles frutales no se deberá utilizar riego por aspersión. El parámetro
para coliformes fecales puede variar hasta 105 NMP/100 mL, siempre y cuando se
suspenda el riego dos semanas antes de la cosecha y no se recojan los frutos
caídos.
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1
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Tipo 4
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1
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10 000 (3)
(3)
El riego debe cesar dos semanas antes de la cosecha.
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1.5
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Tipo 5
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1
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------(4)
(4)
Debe evitarse el pastoreo de ganado durante los quince días siguientes a la
finalización del riego. Si no se respeta este período, la concentración de
coliformes fecales no deberá exceder 1000 NMP/100 mL.
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2
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Tipo 6 (5)
(5)
El agua reusada no debe ser irritante para la piel o los ojos. El agua
reusada debe ser clara, y no debe presentar olores molestos ni contener
sustancias tóxicas por ingestión.
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1
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10 000
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1
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Tipo 7
|
1
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------
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2
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Tipo 8
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1
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1 000
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1
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