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 Normativa >> Directriz 0 >> Fecha 02/05/2007 >> Articulo 15
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Normativa - Directriz 0 - Articulo 15
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Artículo 15    (No vigente*)
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TÍTULO II:

TÍTULO II:

Disposiciones generales

CAPÍTULO I

                                                            Alcances

Artículo 15.—Concepto. El servicio notarial es una potestad estatal que se origina por rogación. Representa una asesoría que tiende a la correcta formación y expresión legal de la voluntad del usuario. Tiene como fin la legitimación de actos y contratos que el Estado Costarricense reconoce como tales cuando interviene un notario autorizado.


 

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