TÍTULO II:
TÍTULO II:
Disposiciones generales
CAPÍTULO I
Alcances
Artículo 15.—Concepto. El servicio notarial es una potestad
estatal que se origina por rogación. Representa una asesoría que tiende a la
correcta formación y expresión legal de la voluntad del usuario. Tiene como fin
la legitimación de actos y contratos que el Estado Costarricense reconoce como
tales cuando interviene un notario autorizado.
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