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 Normativa >> Directriz 0 >> Fecha 02/05/2007 >> Articulo 187
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Normativa - Directriz 0 - Articulo 187
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Artículo 187    (No vigente*)
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Artículo 187

Artículo 187.—Mecanismos de seguridad. Toda gestión de parte del notario que produzca efectos registrales, deberá ser presentada en documento original debidamente firmado y sellado por el notario. No se aceptará fax ni correo electrónico.


 

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