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 Normativa >> Directriz 0 >> Fecha 02/05/2007 >> Articulo 189
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Normativa - Directriz 0 - Articulo 189
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Artículo 189    (No vigente*)
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Artículo 189

Artículo 189.—Solicitud de certificación. Toda certificación deberá solicitarse por escrito y sólo podrá ser expedida por la DNN. No se aceptará fax ni correo electrónico salvo que sean requeridos por autoridades jurisdiccionales.


 

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