CAPÍTULO III
CAPÍTULO III
Asientos inscribibles
Artículo 190.—Origen de asientos. Los asientos se originan en:
a. Resoluciones e informes de la DNN, sentencias de los Tribunales
de Justicia y de los exhortos, comunicaciones o suspensiones de diferentes
autoridades administrativas.
b. Peticiones expresas que
formula el notario por requerimientos propios de ese ejercicio o de otros deberes.
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