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 Normativa >> Directriz 0 >> Fecha 02/05/2007 >> Articulo 212
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Normativa - Directriz 0 - Articulo 212
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Artículo 212    (No vigente*)
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Artículo 212

Artículo 212.—Decretos de inhabilitación. Serán objeto de inscripción los decretos de inhabilitación emitidos por la DNN por resolución en procesos establecidos para ese fin y de conformidad con las causas establecidas en los arts. 4 y 13 del CN.


 

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