Buscar:
 Normativa >> Directriz 0 >> Fecha 02/05/2007 >> Articulo 219
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 219     >>
Normativa - Directriz 0 - Articulo 219
Ir al final de los resultados
Artículo 219    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 219

Artículo 219.—Cuota voluntaria. Es la cuota pagada en forma voluntaria por el notario inactivo. Esta cuota será - como mínimo - de igual cuantía que la fijada para el FG obligatorio, para el período respectivo.


 

Ir al inicio de los resultados