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 Normativa >> Directriz 0 >> Fecha 02/05/2007 >> Articulo 232
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Normativa - Directriz 0 - Articulo 232
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Artículo 232    (No vigente*)
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Artículo 232

Artículo 232.—Manejo de los recursos. De conformidad con las normas que rigen la materia, los recursos se manejarán como fondos de capitalización, mediante cuentas individuales.


 

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