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 Normativa >> Directriz 0 >> Fecha 02/05/2007 >> Articulo 255
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Normativa - Directriz 0 - Articulo 255
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Artículo 255    (No vigente*)
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Artículo 255

Artículo 255.—Puntualidad de los pagos. El notario activo efectuará el pago de su cuota obligatoria dentro de los plazos establecidos para el respectivo período. En caso de deducción automática, procurará siempre que el medio electrónico o contable designado cuente en todo momento con suficiente contenido de forma tal que se garantice el cubrimiento de ese cargo. En caso de deducción automática deberá informar cualquier cambio al respecto.


 

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