Artículo 13
Artículo 13.—Toda persona física o jurídica que desee obtener la
renovación del Permiso Sanitario de Funcionamiento para un templo o local de
culto deberá hacer la solicitud un mes antes de la fecha de vencimiento del
permiso ya que en caso de permitir, voluntaria o involuntariamente, que el
mismo se venza deberá gestionar todo el trámite como si fuera un permiso por
primera vez. Para los casos de renovación deberá cumplir con los siguientes
requisitos:
1. Presentación del formulario unificado de
solicitud de Permiso Sanitario de Funcionamiento.
2. Declaración jurada.
3. Copia del comprobante de pago de
servicios.
4. Copia de la cédula de identidad,
o personería jurídica notarial o registral vigente.
5. Plan de atención de emergencias.
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