Artículo 22
Artículo
22.—Rotulación de emergencia: En todas las puertas que conduzcan al exterior
habrá letreros con la palabra SALIDA. En los pasillos se ubicarán flechas
luminosas, indicando la dirección de las salidas, conectadas al sistema
eléctrico de emergencia y ubicadas de manera que sean visibles aún cuando el
pasillo se encuentre lleno de personas. Las letras tendrán una dimensión mínima
de quince centímetros (0,15 m).
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