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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33872 >> Fecha 17/07/2007 >> Articulo 26
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33872 - Articulo 26
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Artículo 26
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Artículo 26

Artículo 26.—Ventilación: Los establecimientos cerrados, aludidos en este Reglamento, deberán estar provistos de cierto caudal de aire exterior que permita la eliminación de olores y el calor producidos por los ocupantes y cualquier otra fuente de contaminación.


 

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