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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34331 >> Fecha 29/11/2007 >> Articulo 44
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34331 - Articulo 44
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Artículo 44
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Artículo 44

Artículo 44.—Planos de El Estado. Los planos que se tramiten y que sean de interés para el Estado, se calificarán con especial celeridad y tomando en cuenta la naturaleza del proyecto.


 

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